Autoridad para el Derecho Familiar y el Apoyo a los Padres
En septiembre de 2015 la Autoridad Sueca de Adopciones Internacionales (MIA) asumió nuevas funciones y atribuciones, y a partir del 1 de enero de 2016 este organismo tiene un nuevo nombre: Autoridad para el Derecho Familiar y el Apoyo a los Padres (MFoF). Además de continuar encargándose, como antes, de adopciones internacionales, MFoF es un organismo que desarrolla un trabajo basado en conocimientos en cuestiones relacionadas con apoyo a la paternidad, asesoramiento familiar y asuntos familiares de los comités de servicios sociales. MFoF es la autoridad administrativa central de Suecia que está a cargo de los asuntos relacionados con la mediación de adopciones internacionales y es autoridad central a los efectos de la Convención de la Haya del año 1993 sobre Protección de Menores y Cooperación en materia de Adopciones Internacionales.
Adopciones internacionales
MFoF se dedicará especialmente a:
- Autorizar y supervisar la labor las entidades de mediación de adopciones.
- Comprobar el carácter adecuado del procedimiento de adopción en expedientes individuales particulares, por ejemplo adopciones de parientes.
- Monitorear el desarrollo y la labor investigativa internacional.
- Monitorear la evolución de los costos de adopciones.
- Negociar con autoridades y organizaciones de otros países.
Las organizaciones de adopción autorizadas
Conforme a la Ley de Mediación de Adopciones Internacionales, sólo corresponde a las organizaciones autorizadas por MFoF ser mediador de adopciones internacionales. Las organizaciones autorizadas están acreditadas conforme a la Convención de La Haya de 1993.
La autorización se concede en dos etapas:
En la primera etapa, MFoF determina si la entidad en cuestión posee la capacidad adecuada para ser entidad mediadora de adopciones. Procede conceder tal autorización si se cumplen los requisitos siguientes:
- Que el objeto social principal de la entidad en cuestión sea la mediación de adopciones internacionales.
- La labor de mediación debe realizarse con conocimiento de causa e integridad, sin fines de lucro y partiendo del bien del menor como pauta principal.
En la segunda etapa, MFoF evalúa la capacidad que posea la entidad de iniciar o desarrollar la cooperación a efectos de adopciones en un país extranjero. En esta segunda etapa, procede autorización:
- Si en el país en cuestión existe una Ley relativa a adopciones u otra reglamentación probada en materia de adopciones.
- Si en el país en cuestión existe una administración funcional a los efectos de adopciones internacionales.
- Si la entidad reporta los costes en el país y su distribución.
Si la entidad se dedica también a otras actividades que no sean la mediación de adopciones internacionales, tales actividades no podrán arriesgar la confianza en la actividad de mediación de adopciones.
El procedimiento sueco de adopción
Conforme a la Ley de Servicios Sociales, aquellas familias que deseen adoptar, solicitan el consentimiento del Municipio ante esa autoridad. Un trabajador social realiza un estudio de la situación de la familia, el cual es presentado en un informe escrito, y si resulta que la familia es idónea para adoptar, la Dirección de Servicios Sociales del Municipio concede su consentimiento. Antes de proceder a una resolución por parte de la Dirección de Servicios Sociales, la familia deberá asistir a un curso de preparación para padres adoptivos.
Una vez efectuada la adopción, el menor adoptado adquiere el mismo status de un niño nacido en el seno de la familia. Conforme a las Leyes de Suecia, no es posible anular una adopción. Un niño menor de doce años que haya sido adoptado por ciudadanos suecos, adquiere automáticamente ciudadanía sueca.
Después de la adopción
Los padres adoptivos tienen derecho a los mismos beneficios sociales que reciben todas las demás familias. Un ejemplo de ello es el Seguro de Paternidad, que garantiza a los padres adoptivos derecho a percibir una prestación económica, si toma licencia del trabajo con ocasión de la llegada del menor. Todos los menores tienen derecho a educación gratuita hasta e incluso el nivel universitario.
La Dirección de Servicios Sociales del Municipio deberá satisfacer las necesidades especiales de apoyo y asistencia que puedan existir una vez concedida la adopción.
Personas adoptadas han fundado organizaciones para compartir la experiencia de ser adoptado y la herencia cultural de sus países de origen. Muchos adoptados han visitado nuevamente sus países de origen, y algunos han buscado sus familias biológicas. MFoF y las organizaciones de mediación de adopciones ofrecen orientación a aquellos adoptados que deseen buscar sus familias biológicas. Las organizaciones autorizadas de mediación de adopciones también organizan viajes a países de origen.
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